Honduras: preocupación por entrada en vigencia de la Ley para la Clasificación de Documentos Públicos
La Alianza Regional por la Libre Expresión e Información manifiesta su preocupación por la entrada en vigencia en Honduras de la “Ley para la Clasificación de Documentos Públicos Relacionados con la Seguridad y Defensa Nacional”, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 9 de Marzo, por las graves contradicciones que tiene con los estándares internacionales de acceso a la información pública, sus impactos en el derecho de libertad de expresión, y su carácter regresivo respecto de la normativa que sobre esta materia que ya existía en el país.
La Ley para la Clasificación de Documentos Públicos establece un catálogo amplio de excepciones que no son compatibles con la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y además otorga facultades al Consejo Nacional de Defensa y Seguridad para clasificar información de manera previa, en base a su sola decisión discrecional.
Esto está en evidente contradicción con el principio de máxima divulgación, que impone que toda la información que está en posesión del Estado es por principio de acceso público, y sólo se puede limitar su acceso en el caso concreto en base a un régimen limitado de excepciones legales, las que deben ser claras y limitadas. Además, conforme a los estándares internacionales, los órganos públicos tienen la obligación de justificar la aplicación de una excepción mediante una “prueba de daño”, en la cual demuestren que el eventual perjuicio por la entrega de información es mayor que el interés público de su divulgación, en base a una interpretación restrictiva de las excepciones legalesfrente a una solicitud de información concreta. En este caso, la aplicación de estas excepciones se basa en la sola decisión discrecional de la autoridad, con lo que se coartael derecho de los ciudadanos de solicitar información y tener respuesta oportuna, y de conocer las razones específicas por las cuales se les está negando información en caso de una negativa, lo que es esencial para el control social de los actos públicos.
Dichos estándares se encuentran sistematizados en la Ley Modelo Interamericana de Acceso a la Información Pública de la Organización de los Estados Americanos de 2011, y fueron sentados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el fallo Claude Reyes y otros vs. Chile de 2006, donde se reconoció al derecho de acceso a la información como un derecho humano fundamental. Todos estos estándares han sido recogidos en todas las legislaciones modernas de la región.
Asimismo, la Ley para la Clasificación de Documentos Públicos contiene disposiciones que impiden a los medios de comunicación difundir información clasificada conforme a esta norma, lo que le entrega al Consejo Nacional de Defensa y Seguridad de herramientas para impedir su difusión en base a su sola decisión. Esto puede constituirse en una forma de censura previa que puede vulnerar el derecho de libertad de expresión, y podría convertir a esta norma en una verdadera “Ley Mordaza”, para los ciudadanos, los periodistas, comunicadores sociales y medios de comunicación.
La Ley para la Clasificación de Documentos Públicos implica un grave retroceso respecto de los avances que se habían tenido en el país con la ley de Transparencia y Acceso a la Información de 2006, coarta gravemente las facultades del Instituto de Acceso a la Información Pública, y pone en riesgo la libertad de expresión en Honduras, lo cual atenta contra la consolidación de una democracia con instituciones fuertes y ciudadanos empoderados para participar en los asuntos públicos.
La Alianza Regional agrupa a 23 organizaciones no gubernamentales de 19 países de Las Américas, cuyo principal objetivo es el fortalecimiento del pleno ejercicio de la libertad de expresión y el acceso a la información pública. Manifiesta su preocupación por la entrada en vigencia en Honduras de la “Ley para la Clasificación de Documentos Públicos Relacionados con la Seguridad y Defensa Nacional”, y acompaña a sus miembros locales Fundación Democracia sin Fronteras (FDSF) y Comité por la Libre Expresión (C-Libre), en su llamado a dejar sin efecto esta ley, y que no se den retrocesos en la garantía del derecho humano de acceso a la información pública y libertad de expresión.
Alianza Regional por la Libre Expresión e Información
Las organizaciones firmantes:
- Asociación Nacional de la Prensa (ANP) – Bolivia
- Asociación de Periodistas de El Salvador (APES) – El Salvador
- Artículo XIX- Brasil
- Asociación por los Derechos Civiles (ADC)-Argentina
- Acción Ciudadana – Guatemala
- Comité por la Libre Expresión (CLibre)- Honduras
- Consejo Nacional de Periodismo (CNP). Panamá
- Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo) – Uruguay
- Espacio Público – Venezuela
- Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (FUSADES) – El Salvador
- FUNDAR Centro de Análisis e Investigación – México
- Fundación Violeta Barrios de Chamorro (FVBCH) – Nicaragua
- Fundación Pro Acceso – Chile
- Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) – Colombia
- Fundamedios – Ecuador
- Fundación Democracia Sin Fronteras (FDSF)- Honduras
- Instituto de Derecho y Economía Ambiental (IDEA) – Paraguay
- Instituto de Prensa y Libertad de Expresión (IPLEX) – Costa Rica
- Transparencia por Colombia – Colombia
- Transparencia Venezuela – Venezuela
Secretaría Ejecutiva
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